25/02/2025 - Edición Nº76

Necochea

MEDIDA CAUTELAR

La Justicia suspende la transformación del Banco Nación en sociedad anónima y cuestiona la legalidad del decreto

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La Justicia Federal de La Plata ha dictado una medida cautelar que suspende la implementación del Decreto 116/2025, que establecía la conversión del Banco de la Nación Argentina (BNA) en una sociedad anónima. La decisión, firmada por el juez Alejo Ramos Padilla, prohíbe cualquier acción administrativa que busque avanzar con la implementación del decreto hasta que se resuelva la cuestión de fondo que cuestiona su legalidad. La medida se toma en el marco de un expediente judicial que plantea dudas sobre la constitucionalidad y la legitimidad de la privatización de esta entidad bancaria.

En su fallo, el juez Ramos Padilla sostiene que la transformación del BNA en sociedad anónima podría ir en contra de lo establecido por la Ley 27.742, conocida como la ley Bases. Esta ley excluyó explícitamente al Banco Nación de la lista de entidades financieras que podrían ser privatizadas. Además, el magistrado resalta que cualquier cambio en la estructura jurídica del Banco Nación debe ser aprobado por el Congreso de la Nación, un requisito fundamental para garantizar el respeto a la Constitución y a los principios democráticos.

El origen de la medida cautelar se encuentra en una presentación realizada por un grupo de trabajadores del Banco Nación, entre los que se encuentra Juan Honorio Guerrero Iraola. Este grupo sostiene que el decreto firmado por el Poder Ejecutivo representa un intento encubierto de privatizar la entidad, una operación que contravendría lo establecido en la ley Bases. De acuerdo con el fallo del juez, el BNA es una entidad autárquica cuya creación y posible modificación deben ser abordadas exclusivamente por el Poder Legislativo. De esta forma, el Ejecutivo no tiene la facultad para llevar a cabo una transformación tan trascendental sin la debida autorización parlamentaria.

El decreto 116/2025 cuestionado por la Justicia establecía que el BNA comenzaría a operar bajo las disposiciones de la Ley 21.526 de Entidades Financieras. El gobierno justificó esta medida como parte de un proceso de reorganización del Estado, y la misma habilitaba al Ministerio de Economía a suscribir el capital social de la nueva sociedad anónima y a emitir las normativas necesarias para su funcionamiento. Sin embargo, la posibilidad de que el BNA pierda su carácter público y la eventual entrada de capital privado en su estructura fueron motivo de preocupación para los demandantes, quienes advirtieron que tales cambios podrían generar consecuencias irreversibles en el ámbito jurídico, económico y social.

El juez Ramos Padilla consideró que la medida cautelar era necesaria ante la gravedad de la situación, ya que el BNA, al convertirse en una sociedad anónima, podría perder su condición de banco público y comprometer el interés general. Este riesgo sería aún mayor si se permitiera la entrada de capitales privados, lo que alteraría la función social del banco y afectaría negativamente a los sectores más vulnerables de la sociedad, que dependen de sus servicios financieros.

El fallo también hace referencia a una solicitud previa de la propia administración del Banco Nación y del Estado Nacional, que pidieron declarar abstracta la cuestión. Alegaron que la privatización del banco había sido descartada durante el debate parlamentario de la Ley Bases, lo que parecía haber cerrado el tema. Sin embargo, la reciente publicación del Decreto 116/2025 reavivó la controversia y llevó a los demandantes a solicitar la intervención de la Justicia, ya que consideraron que la medida del Ejecutivo vulneraba los principios constitucionales y los derechos de los trabajadores.

En consecuencia, el juez ha ordenado que tanto el Estado Nacional como el Banco Nación se abstengan de ejecutar cualquier acción tendiente a poner en práctica el decreto, y les ha otorgado un plazo de cinco días para presentar un informe que detalle el interés público comprometido en el caso. La resolución judicial, por lo tanto, abre un nuevo capítulo en la discusión sobre el futuro del Banco Nación y su rol en el sistema financiero argentino, mientras la justicia sigue evaluando los argumentos legales y constitucionales planteados por las partes involucradas.

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